PREGUNTAS FRECUENTES

PREPAGO

Prepagar significa adelantar el pago de las cuotas pendientes de un crédito, con el beneficio de la condonación de un porcentaje de los intereses futuros.

Para obtener un monto de prepago, debes ingresar a nuestro a la sección de Acceso a Clientes, una vez dentro de nuestro Portal web, podrás encontrar el formulario de solicitud de prepago, aquí deberás ingresar los datos solicitados y nuestro servicio al cliente te entregará la información requerida. Cabe recordar que para prepagar tu crédito debes estar al día en tus pagos.

Al momento de prepagar, se cobra el capital insoluto, los intereses de la siguiente cuota y todas las cuotas atrasadas hasta el momento, así como sus respectivos intereses y gastos de cobranza.

No, en estos momentos sólo aceptamos el prepago total de la deuda con Lucas Motto.

PRENDAS

Significa que tu moto está garantizando el crédito con Lucas Motto por lo que, mientras el crédito no esté pagado en su totalidad, no se puede vender, ceder o transferir. Te recordamos que el vehículo siempre está a tu nombre y esto es simplemente una limitación.

Una vez que hayas terminado tu crédito con Lucas Motto, nos contactaremos contigo para informarte del inicio automático del proceso de alzamiento de la prenda y prohibición de tu moto. Además podrás seguir el estado por medio de nuestro portal web, en el área de Acceso a Clientes.

El alzamiento de tu moto es un proceso que se activa automáticamente luego del término del contrato (ya sea por prepago o por pago total de las cuotas). Consiste en solicitar, por medio de un Notario Publico, que la prenda sea levantada (eliminada).
El proceso dura aproximadamente 45 días, luego de los cuales se hace entrega de una copia del certificado de alzamiento.

El alzamiento no tiene costo para nuestros clientes, y se activa automáticamente luego del término del contrato (ya sea por prepago o por pago total de las cuotas).

Una vez terminado el proceso de alzamiento de la prenda, te enviaremos el certificado que comprueba el levantamiento de ésta. En caso de que hayan transcurrido mas de 45 días desde finalizado tu crédito y si aún no te hemos hecho llegar los documentos, te agradeceremos que nos contactes al Servicio al Cliente al +562 3245 0423 o enviar un correo a contacto@lucasmotto.cl y solucionaremos el asunto a la brevedad.

PAGOS

Al estar impagas las cuotas, éstas generan intereses y en algunos casos gastos de cobranza. Asi mismo, las deudas serán informadas al boletín comercial (DICOM) de acuerdo a lo que establezca la legislación vigente. Por último, los créditos con mora pueden ser derivados a nuestro equipo de cobranza judicial.

Los intereses de mora y gastos de cobranza para los créditos se cobran en base a lo estipulado en el contrato de crédito que firmó con Lucas Motto y apegados a la legislación vigente en Chile. Éstos son calculados de la siguiente manera:
1.- Intereses: Una vez vencido el plazo de pago de la cuota, ésta genera gastos calculados en base a la cantidad de días de mora y con una tasa equivalente a la Tasa Máxima Convencional que esté vigente en el plazo, que es entregada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).
2.- Gastos de cobranza: Luego de transcurridos 20 días se cobrará el 9% del monto de la cuota.

Si, puedes pagar tus cuotas atrasadas desde el portal web.En caso de que el crédito esté en cobranza judicial, esta función estará deshabilitada y requiere ser evaluado por nuestro servicio al cliente.

Si tu crédito está en cobranza judicial y quieres regularizarlo, tienes que llamar al +562 3245 0423 o enviar un correo a contacto@lucasmotto.cl. Un ejecutivo se pondrá en contacto contigo y te explicará las diferentes opciones que hay disponibles para esto. Cabe recordar que cada caso es único por lo que se evaluarán las opciones caso a caso.

Los pagos se demoran hasta 48 horas en reflejarse en el portal, en caso de que el plazo se haya cumplido y aún no aparezca reflejado, te solicitamos contactarnos al +562 3245 0423 o enviar un correo a contacto@lucasmotto.cl para poder solucionar el problema a la brevedad.

SEGUROS

Nosotros trabajamos con 3 tipos de seguros que son el de desgravamen, de cesantía y perdida total o robo. De ellos sólo el primero es obligatorio y el resto quedan a discreción del contratante del crédito (sin embargo nosotros los recomendamos encarecidamente).

Este seguro es un tipo de seguro de vida que tiene como objetivo que, en caso de que el cliente fallezca, la totalidad del saldo de la deuda quede pagada. De esta manera se evita que lo que resta por pagar deban pagarlo los herederos del fallecido. Cabe notar que para hacer efectivo este seguro se deben cumplir las condiciones especificadas en la póliza que se firma al momento de contratar el crédito.

Este seguro cubre 3 cuotas del crédito en caso de que el contratante quede cesante. Cabe notar que para hacer efectivo este seguro se deben cumplir las condiciones especificadas en la póliza que se firma al momento de contratar el crédito.

Cabe notar que para hacer efectivo este seguro se deben cumplir las condiciones especificadas en la póliza que se firma al momento de contratar el crédito.

PÉRDIDA DEL HOMOLOGADO

El homologado es un certificado ÚNICO que entrega el importador de las motos, no Lucas Motto.
Actualmente se entregan homologados digitales de los cuales mantenemos una copia.

 

En el caso de los homologados físicos sólo existe una copia original y es responsabilidad del cliente mantenerla.

La ÚNICA opción de obtener una copia del certificado de homologación es que te dirijas a la municipalidad donde se realizó la primera inscripción y con tu carnet pidas una copia certificada de este.

 

Este proceso no depende de Lucas Motto y es de expresa responsabilidad del cliente que perdió su homologado.

REQUERIMIENTOS ADICIONALES

En Lucas Motto nos esforzamos para darte el mejor servicio, para lo cuál tenemos múltiples formas de entregarte la información que necesitas.
1.- Portal web: En la sección de Acceso a Clientes podrás encontrar la información general de tu crédito, así como los formularios para solicitudes de certificados y documentación.
2.- Teléfono y correo: Si tus dudas no pueden ser resueltas a través del portal, estaremos encantados de ayudarte con lo que necesites. Llámanos al +562 3245 0423 o envíanos un correo a contacto@lucasmotto.cl
3.- Presencial: Nuestras oficinas están ubicadas en Calle Republica Árabe de Egipto, 250, Oficina 4. Las Condes. Te solicitamos que agendes tu visita con anterioridad.

El servicio al cliente atiende de Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00, exceptuando feriados. Fuera de estos horarios le solicitamos que envíe un correo a contacto@lucasmotto.cl el cual será respondido prioritariamente el día hábil siguiente.

No podemos entregar esa información por vía telefónica. Le solicitamos que envíe su solicitud por medio del formulario de solicitudes que se encuentra en el portal web o a través de correo a contacto@lucasmotto.cl

PÁGINA WEB

Al momento de generar su crédito con Lucas Motto, automáticamente generaremos un usuario y clave para usted.
En caso de que tenga problemas o no haya recibido el correo de bienvenida le solicitamos contactarse con nuestro servicio al cliente al +562 3245 0423 o con un correo a contacto@lucasmotto.cl

Si necesita desbloquear el acceso a nuestro portal web, por favor contacte a nuestro servicio al cliente al +562 3245 0423 o con un correo a contacto@lucasmotto.cl

Si requiere una nueva clave de acceso a nuestro portal web, por favor contacte a nuestro servicio al cliente al +562 3245 0423 o con un correo a contacto@lucasmotto.cl

GLOSARIO

El Indicador que, expresado en forma de porcentaje, revela el costo de un crédito en un periodo anual, cualquiera sea el plazo pactado para el pago de la obligación. La Carga Anual Equivalente incluye el capital, tasa de interés, el plazo del Crédito de Consumo, todos los Gastos o Cargos Propios del Crédito y los Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados, si los hubiere.

Corresponde al valor extraordinario y voluntario que asume el cliente al pagar en forma anticipada el Crédito de Consumo, sea en forma total o parcial, esto es, antes del plazo establecido para ello. Este cargo se rige por el Artículo 10 de la Ley 18.010.

El monto total que debe asumir el Consumidor, y que corresponde a la suma de todos los pagos periódicos definidos como Valor de la Cuota en la función del plazo acordado, incluyendo cualquier pago en el periodo inicial.

El producto financiero en virtud del cual una parte denominada proveedor, entrega o se obliga a entregar una cantidad cierta de dinero a otra parte denominada consumidor, que se obliga a pagarla en un determinado plazo o número de cuotas, incluyendo la suma de dinero que resulte de la aplicación de una tasa de interés determinada al momento de su contratación.

El monto correspondiente al costo de la cobranza extrajudicial de una obligación vencida y no pagada en la fecha establecida en el contrato, traspasado por el Proveedor al Consumidor, y que solo se puede cobrar si han transcurrido quince días corridos desde el atraso, según lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Protección del Consumidor.

Todas aquellas obligaciones en dinero, cualquiera sea su naturaleza o denominación, derivadas de la contratación de un Crédito de Consumo y devengadas a favor del Proveedor o de un tercero, que no correspondan a tasa de interés ni a capital y que deban pagarse por el Consumidor.

Todas aquellas obligaciones en dinero, cualquiera sea su naturaleza o denominación, por productos o servicios proporcionados por el Proveedor, o por un tercero contratado por intermedio del Proveedor, respecto de las cuales el Consumidor puede prescindir al contratar un Crédito de Consumo.

La Hoja inicial que antecede a los contratos de adhesión de Créditos de Consumo, que contiene un resumen estandarizado de sus principales cláusulas y que los Proveedores deben incluir en sus cotizaciones para facilitar su comparación por los Consumidores, cuyo formato, contenido y demás características se establecen en el Decreto N° 243 del año 2012 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

Corresponde a la tasa de interés que se aplica cuando no se cancela un obligación en la fecha estipulada en el contrato.

Corresponde a los meses, pactados entre Banco y Consumidor, en que el cliente no pagará la cuota periódica correspondiente, fijada y conocida por el cliente.

El monto total que efectivamente recibe el Consumidor para satisfacer el objeto del contrato en el periodo inicial o, personalmente o por un tercero autorizado por el Consumidor.

El Monto Líquido del Crédito más los Gastos o Cargos Propios del Crédito y Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados que se efectúan en el periodo inicial.

El periodo establecido en el contrato para el pago total del Crédito de Consumo. Si un Crédito de Consumo tiene periodo de gracia, postergación de una o más cuotas, meses sin pago de una o más cuotas o cualquier otra modalidad que extienda la fecha de extinción del crédito, el Proveedor deberá informal al Consumidor la diferencia en la tasa de interés y en cualquier otro costo que esté considerado en la modalidad respectiva. Además, el Plazo del Crédito incluirá los meses adicionales en la que obligación se mantendrá vigente si se verifican todos los eventos previstos en la modalidad respectiva que extiendan la fecha de extinción del crédito.

Es el porcentaje que indica el “precio del dinero” que el Banco cobra por la contratación del Crédito de Consumo, se mide en unidad de tiempo y en este caso, es anual. Resulta de la multiplicación de la tasa mensual por 12 (doce). Esta no incluye ningún tipo de Gastos o Cargos Propios del Crédito ni Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados.

Es el porcentaje que indica el “precio del dinero” que el Banco cobra por la contratación del Crédito de Consumo, se mide en unidad de tiempo y en este caso, es mensual. Esta no incluye ningún tipo de Gastos o Cargos Propios del Crédito ni Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados.

El monto que se obliga a pagar un Consumidor al contratar un Crédito de Consumo en forma periódica, que considera todos los intereses, amortizaciones, Gastos o Cargos Propios del Crédito y Gastos o Cargos por Productos o Servicios Voluntariamente Contratados.

El monto que se obliga a pagar un Consumidor al Contratar un Crédito de Consumo en forma periódica, que considera sólo los intereses, amortizaciones y Gastos o Cargos Propios del Crédito.

Corresponde al monto en dinero correspondiente a la última cuota del crédito, este monto puede variar dependiendo del tipo de crédito de consumo contratado, donde se puede dar la situación en que se postergue hasta el 50% (cincuenta por ciento) del capital solicitado, el que se verá reflejado en esta última cuota.